IMPORTANTE: esta entrada tiene un enfoque principalmente histórico y doctrinal sobre la evolución del derecho minero y el régimen jurídico de las explotaciones extractivas. Aunque conserva valor como reflexión jurídica, cualquier análisis actual sobre autorizaciones mineras, concesiones, explotación de recursos, impacto ambiental, intervención administrativa o viabilidad de proyectos extractivos debe revisarse conforme al caso concreto, la Ley de Minas vigente, su normativa de desarrollo, la legislación ambiental aplicable, la normativa autonómica y los criterios administrativos actuales.
El presente artículo hace una reflexión sobre el marco regulador de las explotaciones extractivas y mineras desde una perspectiva histórica, revisando el proceso romanizador, el regalismo y la revolución francesa.
El documento comienza advirtiendo que ya, desde el derecho romano, el Poder político en sus funciones administrativas podía optar por reservarse la gestión directa de explotaciones mineras (como ocurre con la minería aurífera, según refiere Polibio) o por cederla en arrendamientos censorios a particulares, que no ostentarán más que la posesión estable, y por tanto condicionada, de los yacimientos durante el término pactado con arreglo a las cláusulas de una lex locationis, previa subasta pública, que garantizaba un concurso en igualdad entre los mancipes o licitadores.
Este documento es una breve joya histórica y jurídica que desarrolla desde dicho punto y hasta la actualidad las claves de la evolución del derecho minero,
A mayor abundamiento, reflexiona -en síntesis- sobre la “asfixia administrativa” que en el presente pesa sobre estas actividades que conforman parte esencial del motor de cualquier economía (base base para la puesta a disposición de materias primas y energía). Esta situación administrativa agrava la situación de crisis económica, y hace patente la necesidad de –ahora más que nunca- de impulsar la rentabilidad de estas explotaciones, reorientándolas hacia el Art. 40.1 de la Constitución Española, que consagra la promoción pública del progreso social y económico de nuestro país.
Autor: Francisco José Tejada Hernández. Abogado IN DIEM.
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