STS 09-05-2013 (extracto). Hipoteca y Cláusula Suelo.

Formulario de hipoteca aprobado con llaves y maquetas de casas. Análisis de cláusula suelo.

IMPORTANTE: esta entrada comenta la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 sobre cláusulas suelo, dictada en el contexto jurisprudencial existente en aquel momento. Aunque conserva valor histórico, el régimen de reclamación de cláusulas suelo ha evolucionado de forma relevante tras la jurisprudencia posterior del TJUE y del Tribunal Supremo, especialmente en materia de transparencia, restitución de cantidades y protección de consumidores. Cualquier reclamación bancaria debe revisarse conforme al caso concreto, la documentación hipotecaria, la Directiva 93/13/CEE, la Ley 5/2019 y la jurisprudencia vigente aplicable.

Como es conocido públicamente, el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declaró la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas en los casos en que se produzca una falta de transparencia. Es decir, todas aquellas en que no se haya dado la información suficiente a los clientes a la hora de contratar la hipoteca.

En tal sentido, la Sala de lo Civil, bajo la presidencia de Excmo. Juan Antonio Xiol, se dictaba SENTENCIA DE FECHA 9 DE MAYO DE 2013. Dicha SENTENCIA, no obstante, tras ser dictada fue objeto, de un lado, de solicitud de aclaración y, de otro, de incidente de nulidad, que fueron resueltos mediante AUTO de 3 de Junio de 2013 y Auto de 6 de Noviembre de 2013, respectivamente.

La nota de prensa del CGPJ recordaba que la STS 09-05-2013 será de obligado cumplimiento en los tribunales españoles.

IN DIEM Abogados actualmente, a través de su área especializada de derecho bancario, está desarrollando numerosas actuaciones de reclamación a la mayoría de las entidades bancarias, con excelentes resultados.

El Servicio de Documentación de IN DIEM, en atención a las peticiones de información, publica un extracto de la STS 09-05-2013.

Autor: Servicio de Documentación de IN DIEM.
Categorías: Derecho Bancario. Hipoteca. Cláusula Suelo.
Fecha: Marzo, 2014


¿Cómo puede ayudarte IN DIEM Abogados?

El Área Bancaria y Financiera de IN DIEM Abogados asesora a consumidores y empresas en reclamaciones relacionadas con cláusulas hipotecarias abusivas, gastos de formalización, cláusulas suelo, intereses moratorios, vencimiento anticipado y otros productos o condiciones bancarias que puedan haber generado un perjuicio económico.

El análisis de una reclamación de gastos hipotecarios requiere estudiar la escritura, la cláusula aplicable, las facturas abonadas, la respuesta de la entidad bancaria y la jurisprudencia vigente. En función del caso, puede plantearse una reclamación extrajudicial previa o una acción judicial para solicitar la nulidad de la cláusula y la restitución de las cantidades indebidamente abonadas.

Si además la reclamación se vincula a una ejecución hipotecaria, vencimiento anticipado u otras actuaciones bancarias, puede ser recomendable revisar también la posible defensa en materia de ejecuciones hipotecarias.

Puede contactar con IN DIEM Abogados para solicitar una valoración inicial de su caso, presencialmente en nuestras oficinas o mediante asesoramiento legal online. También dispone de servicio legal urgente 24 horas cuando la situación requiera atención inmediata.

  • Revisión de la escritura hipotecaria y de la cláusula de gastos.
  • Análisis de facturas y justificantes de pago para cuantificar la reclamación.
  • Reclamación extrajudicial frente a la entidad bancaria, cuando resulte procedente.
  • Asistencia en procedimiento judicial para solicitar nulidad y restitución de cantidades.
  • Asesoramiento personalizado durante todas las fases del procedimiento.

Autor: Casimiro Galán Garrido.


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IN DIEM Abogados cuenta con experiencia en el área de Derecho Bancario y Financiero, prestando asesoramiento en reclamaciones vinculadas a cláusulas abusivas, gastos hipotecarios, cláusulas suelo, ejecución hipotecaria y productos bancarios complejos.

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Estamos a su disposición para valorar su caso. Puede contactar con IN DIEM Abogados a través del teléfono (+34) 901 900 071. Para situaciones urgentes, puede utilizar el teléfono de urgencias jurídicas 24 horas: (+34) 610 667 452.


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Así mismo, disponemos para nuestras empresas servicios urgentes y 24 horas, atendiendo operaciones de contratación nacionales e internacionales.


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