Sara Domínguez Ramos, responsable del Área Penal de la Firma legal In Diem Abogados, comparte su reflexión sobre si ha habido o no trato de favor en el juicio hacia el futbolista Dani Alves, acusado de agresión sexual, por el que está siendo juzgado, permitiéndole declarar en último lugar.
El caso del ex futbolista del Fútbol Club Barcelona, está siendo sin duda, uno de los más mediáticos en los últimos años. El tribunal de la Sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona rechazaba los argumentos de la defensa de Dani Alves y su petición de suspender el juicio. Lejos de la suspensión, el proceso penal fue dividido en tres sesiones, declarando el acusado en última instancia, siendo este hecho, lo llamativo del procedimiento.
¿Ha recibido Dani Alves trato de favor al declarar en último lugar?
Este acontecimiento ha provocado un gran revuelo mediático, ¿ha recibido el ex futbolista brasileño trato de favor por parte de la Justicia Española?
Los procedimientos penales, en el ordenamiento jurídico español, no suelen dejar la declaración del acusado en último lugar, pues lo habitual vienen siendo que una vez solventadas las cuestiones previas, el propio juicio comience con la declaración del acusado.
Pues bien, si nos remitimos a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la norma que regula las actuaciones judiciales en los procesos penales, no establece que el acusado declare en primer lugar de manera obligatoria, tal y como refleja en su artículo 701
…Acto continuo se pasará a la práctica de las diligencias de prueba y al examen de los testigos, empezando por la que hubiere ofrecido el Ministerio Fiscal, continuando con la propuesta por los demás actores, y por último con la de los procesados…
El equipo de In Diem Abogados, reconoce como una medida lógica, el hecho de que el acusado declare en último lugar, y defiende el argumento de que este hecho, no puede tratarse de una excepcionalidad, sino que debe convertirse en práctica habitual como medida de protección de los derechos del acusado.
Sara Domínguez señala “la realidad en los juicios es muy diferente, los jueces a pesar de lo que dicta la Ley de Enjuiciamiento Criminal y a pesar de que existan jurisprudencias al respecto, no permiten que el acusado declare en último lugar” y añade “por eso, el hecho de que Dani Alves haya declarado el último, puede sorprender, pero lo cierto es que debería ser lo habitual y no una excepción”
Por todo ello, desde la Firma Legal In Diem Abogados celebramos la decisión por parte del Tribunal por salvaguardar el derecho a la defensa y desearíamos que esta práctica se llevase a cabo en todos y cada uno de los procedimientos penales en España, pues consideramos que no respetar este artículo, vulnera gravemente el derecho a la defensa y por tanto atenta contra los derechos humanos.
Preguntas frecuentes sobre la declaración del acusado en último lugar en un juicio penal
¿Puede el acusado declarar en último lugar en un juicio penal?
Sí. En el proceso penal español puede plantearse que el acusado declare en último lugar, especialmente como garantía del derecho de defensa. Aunque en la práctica muchos juicios comienzan con la declaración del acusado, la Ley de Enjuiciamiento Criminal no impone de forma absoluta que siempre declare al inicio.
¿Declarar en último lugar supone un trato de favor?
No necesariamente. Que un acusado declare después de la práctica de otras pruebas no implica por sí mismo un trato de favor. Puede responder a una interpretación garantista del proceso penal, orientada a que la persona acusada pueda ejercer mejor su derecho de defensa.
¿Por qué generó debate la declaración de Dani Alves en último lugar?
El debate surgió porque, en la práctica judicial habitual, el acusado suele declarar al comienzo del juicio, una vez resueltas las cuestiones previas. Al permitirse que declarara en último lugar, el caso generó discusión mediática sobre si existía una ventaja procesal o una garantía legítima de defensa.
¿Qué relación tiene esta cuestión con el derecho de defensa?
El derecho de defensa exige que el acusado pueda conocer los elementos de cargo, responder a la acusación y articular su declaración con pleno conocimiento del desarrollo del juicio. Declarar en último lugar puede reforzar esa posición defensiva, siempre dentro de las reglas del procedimiento.
¿La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a que el acusado declare primero?
La Ley de Enjuiciamiento Criminal regula el orden de práctica de las pruebas, pero la interpretación sobre el momento exacto de la declaración del acusado ha generado debate. Por ello, en la práctica pueden existir diferencias entre tribunales y procedimientos.
¿Por qué algunos abogados defienden que el acusado declare al final?
Porque consideran que permite una defensa más completa. Si el acusado declara después de escuchar testigos, peritos y demás pruebas, puede responder con mayor precisión a los hechos discutidos y a las cuestiones que realmente han surgido durante el juicio.
¿Debe aplicarse esta posibilidad solo en casos mediáticos?
No. Si se entiende como una garantía del derecho de defensa, debería valorarse con independencia de la notoriedad pública del acusado. La relevancia mediática de un procedimiento no debería ser el criterio determinante para conceder o denegar una garantía procesal.
¿Puede la declaración final perjudicar a la acusación?
No tiene por qué. La acusación conserva sus medios de prueba, puede interrogar al acusado y formular sus conclusiones conforme a lo practicado en el juicio. La cuestión central es equilibrar las garantías de todas las partes y respetar el derecho a un proceso con todas las garantías.
¿Qué importancia tiene esta cuestión en delitos contra la libertad sexual?
En delitos contra la libertad sexual, el proceso debe proteger tanto los derechos de la víctima como las garantías del acusado. La forma de practicar la prueba, el orden de las declaraciones y la motivación de las decisiones judiciales son especialmente relevantes para evitar indefensión y preservar la validez del juicio.
¿Por qué conviene contar con defensa penal especializada?
Porque las decisiones procesales pueden afectar de forma decisiva al desarrollo del juicio. Una defensa penal especializada permite valorar cuestiones previas, orden de la prueba, estrategia de declaración, derechos fundamentales, recursos y garantías procesales desde el inicio del procedimiento.
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